Senadores del PT impulsan modificación para exigir orden judicial en bloqueos financieros de la UIF

El grupo parlamentario del Partido del Trabajo en el Senado de la República presentó una propuesta para modificar la ley que autoriza a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) congelar cuentas bancarias sin una orden judicial. La iniciativa busca revertir una reforma que el propio PT y Morena aprobaron en 2022, y que fue recientemente avalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Fundamentos constitucionales de la propuesta

La iniciativa argumenta que el bloqueo administrativo de cuentas vulnera derechos constitucionales. Señala que viola el derecho de audiencia previa y el derecho de propiedad establecido en el artículo 14 de la Constitución.

También considera que infringe el artículo 16, que establece que

“nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente”

, así como la presunción de inocencia y la carga de prueba garantizados en el artículo 20.

Impacto en la vida cotidiana y argumentos centrales

El documento presentado por los senadores petistas sostiene que, bajo el esquema actual, la UIF puede congelar cuentas basándose en sospechas, obligando a la persona afectada a demostrar la legalidad de sus operaciones para recuperar sus recursos.

“Con este esquema, la UIF puede congelar una cuenta bancaria con base en meras sospechas, y es la persona afectada la que debe demostrar la licitud de sus operaciones para recuperar lo que ya le quitaron en los hechos, invirtiendo la lógica del proceso penal”, argumentó la iniciativa.

Además, se enfatiza el grave impacto práctico de esta medida:

“El bloqueo de una cuenta bancaria es una de ellas. No se trata únicamente de un acto administrativo; es una interrupción inmediata de la vida económica y patrimonial de una persona. Es la imposibilidad de pagar una renta, de cubrir alimentos, de sostener una empresa, de pagar una nómina, de pagar el crédito de un coche o de cumplir con obligaciones básicas. Es, en muchos casos, una suspensión de facto de la capacidad de subsistencia. Y perjudica, además, a cualquier persona: desde el empresario a la persona que vive de la informalidad o tiene un pequeño negocio”

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Detalles de la reforma propuesta y antecedentes

La propuesta de modificación a los artículos 115 y 116 de la Ley de Instituciones de Crédito establece que la inclusión en la lista de personas bloqueadas requerirá una autorización judicial por escrito. Esta medida aplicaría cuando existan indicios suficientes de que una persona está relacionada con delitos de financiamiento al terrorismo o manejo de recursos de procedencia ilícita.

La iniciativa fue promovida por toda la bancada petista en el Senado, integrada por Alberto Anaya, Alejandro González Yáñez, Geovanna Bañuelos, Lizeth Sánchez, Yeidckol Polevnsky y Ana Karen Hernández.

La reforma original de 2022, aprobada con los votos del PT y Morena, permitía a la Secretaría de Hacienda introducir a personas en la lista de bloqueados con solo un indicio de relación con dichos delitos. Esta norma fue validada el 6 de abril por el pleno de la Suprema Corte, bajo el argumento de que es

“un procedimiento claro que garantiza el derecho de defensa de las personas, pues prevé plazos definidos, asegura el derecho de audiencia, la posibilidad de ofrecer pruebas, la obligación de la autoridad de emitir una resolución debidamente fundada y motivada, así como la opción de impugnarlas ante tribunales administrativos”

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