El gobierno mexicano ha establecido un nuevo parámetro de identificación obligatorio para el registro de líneas de telefonía móvil, conocido como “prueba de vida”, según un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación. Este requisito será aplicable para los usuarios que efectúen el trámite de manera presencial y tiene como finalidad confirmar que la persona que realiza la solicitud es el titular de la identificación oficial presentada.
Detalles sobre la implementación
El documento oficial señala que uno de los lineamientos para la identificación de las líneas telefónicas móviles es la inclusión de la “solicitud de prueba de vida” dentro del proceso de vinculación. Sin embargo, la publicación no especifica la metodología exacta para llevar a cabo esta verificación. Algunas operadoras, como Telcel, ya realizan un procedimiento similar al cotejar que la fotografía de la credencial oficial coincida con el rostro de la persona que acude a realizar el trámite.
Las empresas telefónicas estarán obligadas a proporcionar un enlace o sistema para que los usuarios puedan completar el registro de sus líneas.
Extensión del plazo y calendario de registro
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones anunció recientemente una prórroga para este proceso de registro, el cual se extenderá hasta el último día del año en curso. La fecha específica para cada usuario dependerá del último dígito de su número celular, iniciando las fechas más próximas el 15 de agosto.
“Las líneas de prepago que hasta ahora no se han vinculado tendrán una fecha límite asignada conforme al último dígito del número telefónico. Así, se establece un calendario para que, entre agosto y diciembre, cada usuario realice la vinculación de su línea ante su empresa telefónica”, explicó la CRT en un comunicado.
La misma comisión aclaró que las líneas de pospago, es decir, aquellas asociadas a un plan mensual, están exentas de este trámite, dado que ya fueron vinculadas a una identidad al momento de su contratación inicial.
Consecuencias por no registrar la línea
Una vez que venza el plazo asignado a cada dígito, las compañías suspenderán el servicio de las líneas no registradas dentro de las siguientes 72 horas. A partir de ese momento, los números afectados solo podrán realizar llamadas a números de emergencia, a centros de atención ciudadana y a su propia compañía telefónica, además de conservar la capacidad para recibir alertas sísmicas.
“Una vez vencido el plazo que corresponde a cada dígito, las compañías suspenderán el servicio de aquellas líneas telefónicas que no hayan sido vinculadas en las siguientes 72 horas, y sólo podrán realizar llamadas a números de emergencia, de atención ciudadana y a su compañía telefónica, así como recibir alertas en caso de sismo”, detalló la comisión.
Los usuarios de líneas suspendidas perderán la posibilidad de hacer o recibir llamadas ordinarias, enviar o recibir mensajes de texto y utilizar datos móviles. No obstante, la CRT aseguró que todos los servicios serán restablecidos una vez que el usuario complete el proceso de registro de su línea telefónica.













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